¿Abstención? no gracias

Cuando escucho la frase “Si votar sirviese para algo, ya estaría prohibido”, suelo pensar que para millones de personas el derecho a voto sigue siendo un sueño inalcanzable. ¿Cuantos pueblos se han levantado una y otra vez por esa razón y cuantos han muerto tratando de lograr ese derecho para ellos y para su gente? Entiendo lo que quiere expresar el chiste, pero creo que es una forma equivocada de criticar la democracia. Porque la historia demuestra que votar ha estado y sigue estando prohibido en muchas regiones y desde hace mucho tiempo.

En Chile lo estuvo por 17 años, de forma absoluta, pero antes de 1973 también se prohibió de forma parcial. Hasta 1914 no podían votar quienes no eran dueños de un bien raíz o de una determinada renta. Hasta 1949 estaba prohibido para las mujeres. Entre 1948 y 1958, la ley maldita prohibió votar a miles de militantes del Partido Comunista y a quienes parecían serlo por ser sindicalistas o dirigentes sociales. Para los ciegos el voto sólo llegó en 1969 y para los analfabetos en 1972. En Bolivia sólo se permitió el voto a los indígenas en 1952, en Alabama los negros no pudieron votar hasta 1965 y en Sudáfrica recién lo consiguieron en 1994. Tanto afán de prohibir muestra que el voto sirve para algo.

Existe un largo e inacabable debate entre los liberales, que privilegian la ausencia de coacción y por lo tanto creen que el voto debe ser voluntario y quienes valoramos los compromisos republicanos y por ello estimamos que debe ser obligatorio. En esos términos es difícil llegar a una conclusión  porque se trata de una confrontación a nivel de principios. Por eso, lo relevante para los movimientos sociales y para la izquierda, es plantearse argumentos de conveniencia: ¿Que sirve más al objetivo de democratizar la democracia? ¿Que es más útil a la hora de cambiar las prioridades políticas? ¿Abstenerse o votar?

Este punto ha producido literalmente toneladas de bibliografía, especialmente en Estados Unidos, ya que como se sabe, si la abstención electoral pudiera producir cambios progresistas, en ese país ya habrían hecho la revolución. Pero lamentablemente eso no es así. Las investigaciones demuestran que el efecto del abstencionismo es castigar a los sectores que se abstienen, ya que dejan de ser relevantes y visibles para el sistema de decisiones políticas. Es de especial interés el enfoque cuantitativo de Mancur Olson y la “escuela de la elección racional” que ha mostrado que un pequeño grupo, que acude a votar de forma sistemática y compacta, logra ejercer una alta presión en la agenda política. Esto es palpable en grupos conservadores, fundamentalistas, ultra minoritarios, pero que acuden en bloque a votar, y así tensionan el discurso electoral y terminan obteniendo parte de sus peticiones. En cambio, un sector mayoritario, pero que se resta de las elecciones o lo hace de forma dispersa, no logra tener impacto en sus objetivos de demanda. Si los estudiantes decidieran masivamente no votar en las próximas elecciones, lo único que pasaría es que se debilitaría su capacidad de condicionar los programas de los candidatos. Aparte de eso, no pasaría nada más.

Respeto la opción de quienes deciden no votar cuando argumentan que la abstención es una forma crítica de participar de la comunidad política. Lo que no comparto es cifrar en ese acto alguna expectativa de eficacia transformadora. Como gesto simbólico y de coherencia personal, lo entiendo. Como estrategia sistemática, a la que se pueda atribuir alguna viabilidad en el desmonte del sistema binominal o de la Constitución de 1980, simplemente no lo puedo compartir, porque no es cierto.

Me gusta la definición de democracia de Arthur Rosenberg: “Democracia es el nombre que recibe el régimen que se instaura como consecuencia de la lucha de clases, cuando las clases explotadas, numéricamente mayoritarias, se constituyen en sujeto político, con proyecto político común, y reclaman el poder para sí”. Alcanzar este objetivo no admite atajos. O se constituye la articulación de los dispersos o la gran capacidad movilizadora que nuestra gente ha mostrado estos años va a permanecer en la esterilidad política. Pensemos en Grecia, que ha vivido, al igual que nosotros, en un largo sistema bipartidista que ha hegemonizado todas sus instituciones desde el fin de su dictadura militar en 1974. Sin embargo, hoy, al borde de la bancarrota y la miseria, ha logrado hacer nacer una coalición alternativa, llamada Syriza, que ha roto el bipartidismo y tiene serias posibilidades de ganar las elecciones del 17 de junio e impedir que el Euro pase a degüello a todo un pueblo. Que no sea necesario llegar a esos extremos. Este es el momento de fortalecer las alternativas al binominalismo y empezar a golpear el cerco invisible. Hasta que caiga.

 

 

 

Ley antidiscriminación: Cuando los subalternos dicen basta

Publicado en Le Monde diplomatique Chile, mayo de 2012.

El homicidio de Daniel Zamudio, joven homosexual de 24 años, fue la gota de sangre que rebalsó el vaso. Agredido brutalmente la madrugada del 3 de marzo por un grupo de orientación neonazi, su agonía se prolongó 24 días.. Sus agresores habían causado un daño neurológico severo, su cuerpo mostraba quemaduras de cigarrillos, parte de su oreja estaba cercenada, ambas piernas fracturas y su estómago exhibía grotescos cortes en forma de esvástica. Además, durante su hospitalización en la degradada Posta central de Santiago se infectó con la bacteria Clostridium Difficile, una peligrosa patología intrahospitalaria que ha involucrado la responsabilidad del Subsecretario Luis Castillo. El país permaneció en vilo, esperando un desenlace favorable que nunca llegó. Daniel Zamudio falleció el 27 de marzo producto del traumatismo intracraneal ocasionado por la golpiza. Además del repugnante crimen de odio, su caso evidenció la precariedad de la red de salud asistencial y la indolencia de las autoridades a la hora de prevenir y sancionar este tipo de ataques.

La opinión pública comprendió que estaba ante una grave desidia política. Y la muestra más evidente era que tras siete años de larga y conflictiva tramitación, un proyecto de ley pensado específicamente para sancionar casos de discriminación y violencia contra minorías vulnerables aún no lograba ser promulgado. Con el correr de los años su continua postergación se fue convirtiendo en una muestra de la verdadera prioridad que los distintos gobiernos han otorgado a la protección de los derechos de colectivos sistemáticamente discriminados en nuestro país. Sólo la reacción del gobierno y del parlamento ante la ola de consternación que sucedió a la muerte del joven permitió que la ley antidiscriminación lograra entrar en su última fase de tramitación parlamentaria. Más allá del resultado final, que no estará claro hasta el 2 de mayo cuando una comisión mixta vote su redacción final, esta nueva ley constituye un pequeño gran cambio en un país en el que es extremadamente difícil que las iniciativas legislativas que nacen a propuesta de la sociedad civil lleguen a concretarse.

El punto más sensible del proyecto de ley radica en su artículo 2, en donde se hacen explícitas diversas causas de discriminación, entre ellas la orientación sexual y la identidad de género. Estas causales están en el centro de su larga y dificultosa tramitación parlamentaria. A lo largo de siete años este proyecto ha debido enfrentar un doble campo de obstrucciones y resistencias centradas en estas materias. Por un lado, los actores que más se han movilizado en contra han sido los quienes temen directamente sanciones. Es el miedo de algunas iglesias evangélicas que formaron la llamada “Comisión nacional evangélica por la familia”, que atribuyéndose falsamente la representación de todas las confesiones protestantes, desplegó una virulenta campaña de lobby, focalizada en parlamentarios electos en distritos con un alto porcentaje de población evangélica. Un cabildeo similar es el que desarrolló la Iglesia Católica. El discurso episcopal, más sibilino que el ataque frontal de los grupos evangélicos, lo expresaba el Arzobispo de Santiago, a pocas horas de la muerte de Zamudio: “Ahora hay que considerar bien qué cosa hay bajo el sombrero de la no discriminación, porque debajo de un sombrero tan bonito y que todos compartimos pueden haber situaciones que son objetables y que finalmente se vuelven en contra y se vuelve discriminatoria para algunas personas[1]«.

Ambos sectores religiosos perciben la ley antidiscriminación como una amenaza en dos órdenes de cosas. Por una parte temen que sus discursos o sermones de carácter homofóbico o machista puedan ser objeto de sanción judicial, especialmente si son pronunciados o publicados en el ámbito público. Además les preocupa que las normas de sus instituciones sociales, educativas o culturales se vean revisadas por discriminar a las mujeres de los cargos directivos o por excluir el ingreso de personas que no comparten su credo. Frente a estos reparos eclesiales, y con la intención de lograr a toda costa el despacho de esta ley,  el gobierno propuso a inicios de 2012 una nueva redacción. En ella el párrafo 3 del art. 2 pasó a considerar “razonables” las “distinciones, exclusiones o restricciones” se encuentren justificadas en el ejercicio de la libertad de religión y la libertad de enseñanza. A juicio de Human Rights Watch esta indicación: “podría interpretarse que reconoce una justificación automática a cualquier persona que, en el ejercicio de uno de estos derechos constitucionales, discrimina a otras personas. Por ejemplo, podría ser invocado como justificación para que las escuelas privadas se nieguen a inscribir a hijos de padres separados, como sucede en algunos colegios. Esto privaría a padres e hijos del derecho a una reparación y frustraría los objetivos centrales de la ley, aun cuando esta práctica constituye un ejemplo flagrante de discriminación arbitraria[2]”. Junto a lo anterior, la nueva redacción presentada por el gobierno ha vaciado toda referencia a la prevención de la discriminación, que debería llevarse a cabo por medio de campañas de educación pública y procesos de capacitación a los funcionarios públicos y fuerzas de seguridad.  Además se ha eliminado una cláusula del proyecto original  que permitía exigir como mecanismo resarcitorio una indemnización por actos discriminatorios. Ahora compromete a los denunciantes a la posibilidad de pagar una multa cuando se considere que su denuncia ha sido infundada.

Ante la ola de críticas que ha recibió la redacción propuesta por el ejecutivo, después del fallecimiento de Zamudio el gobierno anunció su compromiso de reformar los aspectos más controversiales del texto mediante cuatro vetos sustitutivos, que se aplicarían de forma posterior a la aprobación general de la ley en la comisión mixta. Es evidente que nada estará claro respecto a esta ley hasta que se promulgue. Sin embargo, incluso si la redacción final resultara insuficiente y contradictoria, la movilización que ha despertado en la sociedad civil evidencia que ya nada podrá ser igual en materia de tolerancia a los crímenes de odio y a las formas más brutales de racismo, machismo y homofobia que se observan en Chile.

Los sectores conservadores, arrinconados ante las evidencias, han terminado argumentando que lo que dispone la actual Constitución actual basta para garantizar la igualdad ante la ley. Una afirmación que contrasta con todos los estudios que han medido la percepción ciudadana en esta materia[3]. De esta forma lo que se puede anticipar es que con mayor o menor velocidad Chile se encamina a reformar su legislación en materia de derechos civiles de acuerdo a dos tendencias irreversibles:

1. De garantizar exclusivamente la libertad negativa a comprometerse con la libertad positiva. Teóricamente, la constitución y la legislación vigente amparan a la ciudadanía sin distinción. Pero en la realidad las asimetrías históricas, preferencias arbitrarias, exclusiones y procesos de segregación no parecen ser atendidos. Ni se garantiza una efectiva igualdad de derechos y no hay políticas activas del estado ante estas realidades. Es más, la legislación rezuma una noción limitada de la libertad, como «libertad negativa» o ausencia de coacción, pero no parece dar cuenta de la «libertad positiva», aquella que permite ser capaz y actuar autónomamente, sin dominación. La ley aparece anclada a un igualitarismo uniformador, pero como ha descrito Michael Walzer: «La igualdad es una compleja relación de personas regulada por los bienes que hacemos, compartimos e intercambiamos entre nosotros; no es una identidad de posesiones. Requiere entonces una diversidad de criterios distributivos que reflejen la diversidad de los bienes sociales[4]«.

2. De basarse en una moral basada en “lo bueno” a inspirarse en “lo justo”. Tanto el decimonónico Código Civil como la Constitución de 1980 dan por supuestos unos valores incontestables, anclados en una doctrina comprensiva del bien de raíz religiosa. Sin embargo, el Chile de hoy es una sociedad pluralista y diversa. Si hay algún elemento que podría servir para fundar la convivencia cívica es una ética de la autenticidad[5], basada en la autonomía de la conciencia humana, que garantice a cada persona “ser quién es”, sin distinción de género, raza, edad orientación sexual o ideológica.

Ese es el Chile que ha nacido. Sólo espera su tiempo para tomar el lugar que le corresponde.

 

 

[1] Declaraciones a Radio Cooperativa, 30 de marzo de 2012.

[2] José Miguel Vivanco, Carta al Congreso sobre ley antidiscriminación. 9 de abril de 2012.

[3] 84 % de los chilenos estima que en el país no existe igualdad ante la ley, de acuerdo a la encuesta del Centro de Estudios de la Realidad Contemporánea (CERC).

[4] Michael  Walzer. Esferas de la Justicia. FCE, México 2004, p. 31.

[5] Charles Taylor. Ética de la autenticidad. Paidós, Barcelona 1994.